lunes, 26 de mayo de 2014

Los limites territoriales del municipio

Mirando el mapa actual de San Agustín Metzquititlán me puse a observar las líneas que delimitan al municipio con nuestros vecinos, Zacualtipán al norte, Atotonilco El Grande al sur, Metztitlán al poniente y Huayacocotla, Veracruz al oriente, surgiéndome algunas preguntas ¿Cómo es que se crearon esos limites? ¿Quiénes los propusieron? ¿Han sido siempre los mismos? Por lo cual me di a la tarea de hacer una investigación, obteniendo información que quiero compartirla con ustedes.

Nuestros limites municipales no siempre han sido los mismos, a lo largo de la historia han variado, desde tiempos remotos la división de la tierra ha generado conflictos, ya sea por el impulso de poseer nuevos territorios como sucedió en nuestro municipio en el año de 1279 cuando hubo una lucha entre los reyes Xocteco (reino de Xoxoteco) y Atecoxtectle (Reino de Atecoxco) o las constantes guerras de los aztecas contra los habitantes del Señorío Independiente de Metztitlán. [1]

Siglos mas tarde los conflictos por tierras entre los hacendados y los pueblos de indios serian una constante en la región, como ejemplo tenemos


  • Conflicto entre los naturales del pueblo de San Nicolás Atecoxco, contra Sebastián Mercado por posesión de tierras. (Siglo XVII) [2]
  • Los habitantes  de San Agustín Metzquititlán  y los de San Juan Atlahuitzia, contra Diego Mercado, por tierras. (Siglo XVIII) [3]
  • Los naturales de Metztitlán contra Rafael Serrano y Nicolasa de la Serna, sobre posesión de tierras y se citan los pueblos de Amajatlan, San Pedro Tlatemalco, San Agustín Metzquititlán, Chapulhuacan, Chichicaxtla y San Juan Cualquizque, asi como las haciendas de San Nicolas Tuzanapa, San Miguel Almolon, Santa Monica, Huijastla, y Rancho de Nogales. (Siglo XVIII) [4]
  • El Virrey mando al Administrador de Rentas de Mextitlán de la Sierra para que recibiera la justificación que ofrecieron los naturales del pueblo de Mexquititlan, la justificación que ofrecen en cuanto a los perjuicios que le causa el de la Hacienda de la Baqueria. (Siglo XVIII) [5]
Todos estos problemas territoriales sumados a otros factores económicos, sociales y políticos fueron trazando los linderos. Al llegar el siglo XIX hay hechos relevantes que serán trascendentales para la formación de los actuales limites municipales.

Erección como municipio

Por un lado al los habitantes de la región se organizaron y solicitaron al Congreso del Estado de México constituirse como municipalidad, lo cual lograron el 7 de septiembre de 1848 con el famoso decreto No. 80 [6], que dice así:


El Congreso del Estado de México ha decretado lo siguiente:

Articulo Único. “Se consigna como municipalidad el pueblo de Mexquititlán, en el Estado de México, con los de San Nicolás, Atecoxco, Santa María Xoxoteco, Zahuastipan y Carpinteros, la hacienda de Tuzanapa y las rancherías de Milpillas, de los Venados, de la Peña y del Veladero, del distrito de Huejutla siendo la cabecera el primero”

Toluca a 7 de septiembre de 1848.

Firman: Eulogio Barrera, Dip. Presidente. Jose del Villar y Bocanegra, Dip. Secretario y Simon Guzmán, Dip. Secretario.

Aquí comenzaba la historia municipal de San Agustín Metzquititlán, los nuevos metzquititecos tenían ya un territorio propio compartiendo características culturales, sociales y económicas, además mediante esta división política su sentido de pertenencia al terruño se fortaleció.

Pleito contra la Hacienda de San Pedro Vaquerías

Por otro lado el añejo problema con la Hacienda de Vaquerías por posesión de tierras alcanzo su punto máximo durante la década de los 60 del siglo XIX, cuando Marcial Cortes, Munícipe Suplente, Miguel Antonio López, Juez Municipal, Juan Ríos, Jefe de la Guardia Nacional y varios metzquititecos distinguidos entre otros, Felipe Cortes, José Pérez, Benito Pérez, Marcos Ríos, José Butrón y Marcos Chávez denunciaron ante el Juzgado de Metztitlán, que los dueños de la Hacienda de Vaquerías debían presentar sus documentos legales para establecer los linderos entre esta y los pueblos del municipio. [7]

Aparte de la vía legal, se utilizaron las armas, aprovechando el conflicto bélico surgido por la Invasión Francesa, y esta disputa contra Vaquerías fue utilizada por algunos grupos de poder huastecos, como los Andrade,  para que los metzquititecos apoyaran sus proyectos políticos.


El pleito legal continuo durante casi 25 años hasta que el 18 de agosto de 1886, cuando ante el Lic. Adolfo Desentis, juez de primera instancia del Distrito de Metztitlán,  se reunieron en el Casco de la Hacienda de Vaquerías, un grupo de personas, en representación de las comunidades de Ocuilcalco, San Nicolás Atecoxco, Tuzanapa, Santa María Xoxoteco, Agua Bendita, Carpinteros y Milpillas, para proceder a concretar un acuerdo con los dueños de la Hacienda por la posesión de tierras, después de un largo periodo de fricciones:

“ ... desde hace algún tiempo que en lo extrajudicial han cuestionado acerca de la propiedad de la mayor parte de los terrenos de la hacienda San Pedro Vaquerías, así como de los que forman la de Tuzanapa, y convencidos de que dicha cuestión, al llevarse a un terreno judicial traería indudablemente perjuicios de consideración para todos los interesados, deseosos de poner termino las diferencias que con tal motivo se han originado, han venido a convenir en celebrar una transacción que desean conste en escritura publica” (Foja 3 vuelta)
Dicha transacción consiste en que los vecinos de San Agustín Metzquititlán ceden algunos terrenos (Llano de Loma Seca, Loma de Santa Rita, Potrero de Paredones, etc.) a cambio de otra extensión aun mayor de tierra, la cual viene a conformar en la actualidad el municipio de Metzquititlán. En la primera cláusula de dicho acuerdo se fijan los linderos que a partir  de la fecha tendrá la Hacienda de Vaquerías, el Sr. Herrera renuncia a los terrenos de su propiedad en la Hacienda de Tuzanapa, cediéndolos a Atanasio Escobar, quien se comprometió a permitir al primero la tala de los bosques y el libre paso de sus ganados”.[8]

Limites con Atotonilco el Grande


A raíz de este acuerdo el Gobierno Estatal emite el decreto en el cual queda asentado los limites de San Agustín Metzquititlán con el Municipio de Atotonilco El Grande [9], el cual dice así:
Francisco Cravioto. Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, a sus habitantes Sabed:

Que el Congreso del Estado de Hidalgo ha expedido el siguiente

Decreto Num. 494

El IX Congreso del Estado de Hidalgo decreta:

Articulo 1°.- El municipio de San Agustín Metzquititlán del Distrito de Metztitlán, continuara formado de los pueblos y rancherías que se mencionan en el Decreto Numero 80, del antiguo Estado de México de 7 de septiembre de 1848, sirviéndole de limite con el de Atotonilco el Grande los puntos siguientes:

I. La toma de agua del Rancho de Mercado en el rio de los Reyes
II. La puerta del Llano de San Juan, que mira a la Angostura
III. El ojo de agua de arroyo del Apartadero
IV. El lugar donde termina el Potrero de las Palmas y comienza la Mesa del Durazno.
V. La puerta del Potrero del Xite que esta en la falda del cerro de Los Álamos, en el camino que va de San Nicolás Atecoxco para Vaquerías.
VI. La poza de los Hondones que esta al Norte del cerro del Xite.
VII. El Arroyo Seco, por otros nombres, de Potrerillos, en el punto en que atraviesa el camino que va de Vaquerías para Huayacocotla, el cual arroyo es el limite reconocido entre los Estados de Hidalgo y Veracruz.

Articulo 2°.- El Ejecutivo mandara construir, y cuidará de que se conserven, cinco pirámides en los puntos que creyere convenientes de los expresados en el articulo anterior.

Al Ejecutivo va del Estado para su sanción y cumplimiento.

Dado en el salón de sesiones de Pachuca, a cuatro de Setiembre de mil ochocientos ochenta y cuatro.- Julio Armiño, Diputado Presidente.- Enrique Barredo, Diputado Secretario.- Ricardo Ocadiz, Diputado Secretario.

Por tanto mando, se imprima, publique y circule a quienes toque cuidar de su cumplimiento.

Palacio de gobierno. Pachuca, 4 de setiembre de 1886.- Francisco Cravioto.- Felipe de J. Insunza, Secretario de Gobernación.

De esta manera se establecieron los linderos con el municipio de Atotonilco  El Grande, siendo este uno de los dos decretos que hasta ahora he encontrado donde se marcan los limites legales de nuestro municipio.


Limites con Huayacocotla, Veracruz

En cuanto al segundo decreto corresponde a la delimitación que hizo el Congreso de la Unión entre los Estados de Veracruz e Hidalgo. En un principio se reunieron las comisiones de ambos estados para presentar los limites que reconocían, después de varias platicas llegaron a un acuerdo. Hay un mapa elaborado en febrero de 1888 y calcado por Joaquín Merino, denominado "Croquis que limita los distritos de Metztitlán, Atotonilco y parte de Tulancingo del Estado de Hidalgo con el Cantón de Chicontepec del Estado de Veracruz con expresión de las diferencias que existen entre los pueblos colindantes y la línea adoptada por  los comisionados de ambos estados".

El resultado final de esas platicas derivo en el  Decreto del Congreso de la Unión, sobre límites de los Estados de Hidalgo y Veracruz. Publicado en el PERIODICO OFICIAL DEL Gobierno del Estado de Hidalgo el 27 de enero de 1891.[10]

“ARTICULO 1.° Se aprueban los convenios sobre límites, celebrados por las autoridades de los Estados de Veracruz é Hidalgo en la Ciudad de Pachuca el 12 de Julio de 1888. por la parte del Cantón de Chicontepec correspondiente al primero y los Distritos de Huejutla, Zacualtipán. Metztitlán, Atotonilco y Tulancingo, pertenecientes al segundo.


“ARTICULO 2.°  La línea divisoria jurisdiccional partirá (...) de este punto se trazará otra recta al lugar de Chalchihuapa, que está situado en la bifurcación de los caminos que conducen á Zacualtipán y Jalapa, del Estado de Hidalgo, é Ilamatlán del de Veracruz. A partir de la unión o bifurcación de los caminos, se tirará una línea recta á la cumbre del cerro de Tlazontepec. Cerca de la cumbre de dicho cerro nace un arroyo, cuyo curso se seguirá, pasando por los puntos de Cuatzihuapilco, Tolhuaxco,  Ocotepec, Tenexco, Tlalzintla, Totoltepitzaxitlán, hasta su confluencia con el arroyo de Carpinteros, cuyo curso se seguirá hasta el punto do Huitzotlaco; de este lugar, en línea recta al de Petlacaltengo, y de este lugar en línea recta á Ayocuantla, continuando en la misma recta, entre el punto anterior y el cerrito de Texolo, que subsistirá la división en la forma reconocida por los pueblos limítrofes de ambos Estados, y que fue ratificada por los comisionados respectivos. En seguida, del punto anterior en línea recta, rumbo al S. O. á Huichápam, en la confluencia de los arroyos de Carpinteros y Guajolote, siguiendo por este último, corriente arriba, hasta su nacimiento, en el Puerto de la Calavera, de allí en línea recta al nacimiento de Arroyo Hondo, que está muy inmediato, siguiendo por todo él, corriente abajo, hasta su confluencia con el río de Santiago, siguiendo por este río, corriente arriba, hasta su confluencia con el arroyo Seco ó de los Potrerillos, que está cerca del Paso de Santiago en el camino de Vaquerías á Huayacocotla; se sigue, corriente arriba, por todo el arroyo Seco ó de los Potrerillos, hasta su nacimiento en Puerto Viejo ó división de aguas, que está situado al S. O. del rancho de Domangú; de este punto, al pico más occidental de los cerritos del Jabalí; de este pico, en línea recta, á Puerto de Lobos, que ésta en el camino carretero que conduce de Tulancingo a Zacualtipán; de Puerto de Lobos, en línea recta al Potrero de Monroy, que está sobre el cantil que forma la cuenca del río del Chiflón, prolongando esta línea hasta llegar al fondo de la cuenca donde corre el mencionado río (…)”
“ARTICULO 3.° Los Estados de Hidalgo y Veracruz reconocerán como límites de su jurisdicción la línea marcada en el artículo anterior (...)

Limites con Zacualtipán y Metztitlán

De esta manera se observa que aun nos faltan definir los limites territoriales legales entre los municipios de San Agustín Metzquititlán, Zacualtipán y Metztitlán, y si bien desde hace muchos años hay acuerdos entre las autoridades municipales de estos lugares para respetar los limites, no existen decretos oficiales, al menos no los he encontrado hasta ahora.

Es una asignatura pendiente para nuestro actual H. Ayuntamiento que en sus sesiones de cabildo discutan esta inquietud, de esta manera podrán iniciar los tramites ante las autoridades correspondientes, y en un mediano plazo, privilegiando el dialogo, llegar a acuerdos con los municipios vecinos para establecer los limites territoriales legales. Y también revisar los linderos con Atotonilco El Grande y con Huayacocotla para ver que los puntos señalados en los decretos no se hayan cambiado.
 
Creo que de esta manera evitaremos futuros conflictos entre los municipios, como sucedió entre Pachuca y Mineral de la Reforma, o como sucede entre Pachuca y San Agustín Tlaxiaca, entre Atitalaquia y Tlaxcoapan o entre Tepejí del Rio y Atotonilco de Tula.

Uno nunca sabe, el desarrollo de nuevos centros urbanos, la llegada de nuevas industrias o la edificación de alguna escuela, hospital o edificio publico que estén ubicados en los limites municipales, traerá consigo que los Ayuntamientos reclamen para si el impuesto predial, o por el contrario no se responsabilicen de algunos conflictos surgidos entre los habitantes, por no pertenecer a su jurisdicción. Así con una división territorial bien definida y consensuada, cada Ayuntamiento sabrá exactamente que le corresponde.

Espero amables lectores que esta información pueda serles de utilidad y les agradezco su tiempo por leer este blog.




  
[1] Piña Pérez, Isaac. El Códice de Santa María Xoxoteco. En Grafica Revista Hidalguense. 15 junio 1868. No. 12. Editorial Quetzalcóatl. Pachuca. p. 4-5

[2] AGN, Instituciones Coloniales, Real Audiencia, Tierras (110), Vol. 1485, Exp. 1. Año 1699

[3] AGN, Instituciones Coloniales, Real Audiencia, Tierras (110), Vol. 1806, Exp. 6. Año 1712.

[4] AGN, Instituciones Coloniales, Real Audiencia, Tierras (110), Vol. 1561, Exp. 3. Año 1774.

[5] AGN, Instituciones Coloniales, Real Audiencia, Indios (058), Vol. 77, Exp. 37. Año 1799.

[6] Archivo General del Estado de Hidalgo. Fondo: Atotonilco el Grande. Sección: Gobierno, Serie: Bandos y Decretos. Caja 36. Exp. 24. Fecha: 7 septiembre 1848

[7] Archivo del Poder Judicial del Estado de Hidalgo. Manuscrito de 1862. Caja 658. Civiles.

[8] Lorenzo Monterrubio, Antonio; Carmen Lorenzo Monterrubio y Arturo Vergara Hernández. Catalogo del Patrimonio Cultural del Estado de Hidalgo. Región VI. Gobierno del Estado de Hidalgo. Instituto Hidalguense de la Cultura. 1993. Primera edición.


[9] P.O.E. Hidalgo. 16 septiembre 1886. Tomo XIX. Num. 37

[10] INEGI. Atlas de Situación Actual de la Político-Administrativa Interestatal Estados Unidos Mexicanos. Anexo del Estado de Hidalgo. 2006. p. 89. www.inegi.gob.mx





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